Así lo ha decidido la sección cuarta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional en un auto, en el que acuerda que se mantenga el proceso abierto en España, aunque reconoce que es preferente el de Francia al haberse producido el atentado en aquél país.
De esta manera la Audiencia Nacional estima el recurso interpuesto por las familias de los dos agentes asesinados contra el auto dictado el pasado mes de septiembre por el titular del juzgado central de instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz.
Según establece, el proceso iniciado en España debe mantenerse abierto hasta que se incorpore al mismo una diligencia autorizada por Pedraz para investigar los hechos.
“En tanto ésta no quede definitivamente cumplimentada es lo suyo que siga pendiente el proceso cuyo archivo se ha decretado”, señala el auto.
No obstante, la sala de lo penal ve acertada la decisión de Pedraz de declarar la falta de competencia de la Audiencia Nacional para investigar el atentado, que tuvo lugar el 1 de diciembre de 2007, ya que no permite “parcela de impunidad alguna”, ya que la instrucción penal continúa en Francia, donde se habrá recogido “el material tendente al esclarecimiento del lamentable suceso”.