La Audiencia Provincial de Almería ha ordenado el ingreso en prisión provisional comunicada de Baldomero S.G. y su hijo Francisco Miguel S.F., declarados culpables de dos delitos de homicidio por un jurado popular y condenados a 26 y 22 años de cárcel por el tiroteo mortal en el barrio de Costacabana de la capital en julio de 2012 en el que acabaron con la vida de dos familiares.
La Sección Segunda revoca la libertad provisional, que fue concedida mediante auto de 12 de enero y antes de que se celebrase la vista oral el pasado mes de octubre, a raíz de la documental aportada en la vista solicitada por el fiscal y la acusación particular, en concreto, atestados policiales que recogen "enfrentamientos con los hijos y hermanos de las víctimas" en días posteriores a que se produjese el veredicto de culpabilidad.
La magistrada Soledad Jiménez Cisneros remarca en su resolución, consultada por Europa Press, que existe la "necesidad de proteger a estos" y constata que la medida de alejamiento de 300 metros durante 30 años que ordenó en su sentencia "se ha manifestado insuficiente" para concluir que existe en ambos casos "un elevado riesgo de reiteración delictiva".
Hace referencia, asimismo, para fundamentar que ha habido una "variación de las circunstancias" que no apreció, sin embargo, cuando lo solicitó el Ministerio Público a raíz del veredicto de culpabilidad que se dio a conocer el 8 de octubre, a las "elevadas condenas, con riesgo --añade-- de que puedan sustraerse a la acción de la Justicia".
En libertad continúa, no obstante, tal y como adelanta este miércoles el diario 'La Voz de Almería', el otro hijo que fue declarado culpable por el jurado popular, José S.F., a quien se le impusieron penas de diez años de prisión por cada una de las muertes, la de su tío y sobrino concretamente, que se produjeron después de que las dos familias fueran protagonistas de un enfrentamiento en un pub de su propiedad por diferencias en la forma de administrarlo.
La sentencia impuso a Baldomero S.G. la pena de 13 años por la muerte de su hermano, al concurrir la agravante de parentesco, y de 12 años por el homicidio de su sobrino, a lo que suma 12 meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas. A Francisco Miguel S.F. le condena a penas de 11 años por cada uno de los dos crímenes y a José S.F., a dos penas de diez años de prisión. Fija la responsabilidad civil, conjunta y solidaria, en 514.400 euros y les prohíbe acercarse a los allegados de las víctimas a menos de 300 metros durante 30 años.
Tras notificarse la sentencia, que ha sido recurrida por las defensas a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el fiscal solicitó de nuevo el "inmediato" ingreso en prisión de los tres y comunicó al tribunal un incidente registrado en la sede de Hacienda en Almería.
El jurado popular consideró probado que el 27 de julio de 2012 tuvo lugar una disputa entre condenados y víctimas en el interior de un pub de propiedad familiar por "diferencias en la administración" y que esta dio lugar a que el hermano de Baldomero S.G., posteriormente abatido a tiros, requiriese la presencia de la Policía Nacional.
Por unanimidad, concluyó que Baldomero S.G., con intención de acabar con la vida de su hermano y de su sobrino, se dirigió a su domicilio, contiguo al de ellos, y una vez allí "sacó las armas de fuego" propiedad de sus hijos Francisco Miguel y José, y "cargó la munición".
Remarcó que "esperó a que llegaran a su casa y, tras situarse en la acera de enfrente empuñando el revolver de José, procedió a disparar con el revolver". Cuatro de los tiros impactaron contra su hermano, dos de ellos mortales de necesidad al alcanzar el cráneo, mientras que su sobrino sufrió otros dos impactos "que le atravesaron y provocaron gravísimas lesiones, afectando a órganos vitales".
En el caso de Francisco Miguel, el veredicto recogió que las pruebas periciales "lo sitúan como tirador" a una distancia de 1,5 metros, "avanzando hacia la fachada" si bien, según apuntó, "comenzó a disparar entre dos vehículos estacionados". En total, realizó siete disparos. Remarcó, no obstante, que después de eso "se entregó y colaboró sin resistencia". Ambos, padre e hijo, dieron negativo en el test de pólvora lo que el jurado explica con que se lavaron las manos en la "bañera".
Con respecto a José S.F., el jurado dictaminó que actuó como cooperador necesario "ya que sacó el revolver que uso Baldomero de la caja fuerte de la que solo él tenía la llave y cargó el arma".