Imagínense que se hospedan en un hotel, y cuando van a pagar la factura observan que le han cobrado por las cenas que ni pidió ni consumió, el spa que no solicitó ni usó y las instalaciones deportivas que ni requirió y ni siquiera las vio. Pero, como dice el chiste, ahí estaban.
Sirva este ejemplo para entender el caso de un empresario ayamontino al que Banca Cívica, ahora Caixabank, tendrá que devolver 3.218,25 euros más intereses y costas por un servicio que le cobró sin haber pactado su contratación, no se había solicitado ni se había prestado.
Se trata de un caso llevado en Huelva por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), que ha conseguido una sentencia condenatoria por parte del Juzgado de Primera Instancia 6 de Huelva.
Como ha explicado a Viva Huelva Antonio Olaya, delegado de Ausbanc en Huelva, el empresario en cuestión, dedicado a la venta de materiales de construcción, contrató en 2006 con lo que entonces se denominaba El Monte una línea de descuento comercial, por la que, entre otras cosas, se tramitaban los adelantos de los pagarés de varias constructoras, con el respectivo interés nominal anual, la comisión de gestión del cobro y los intereses de demora. Llegó un momento, en 2008, ya siendo Cajasol, en que al vencimiento de los pagarés, estos no tenían fondos, y la entidad que después pasaría a llamarse Banca Cívica aplicó al empresario en cuestión una comisión de devolución de efectos, por el que cobró a su cliente el 5% sobre el total de los pagarés. Es esta comisión de devolución de efectos, un total de 3.218,25 euros, la que se reclamó ante la Justicia, que ha fallado contra la entidad ahora llamada Caixabank. Como refleja la sentencia, fechada el pasado 9 de noviembre, y a la que ha tenido acceso Viva Huelva, para haber cobrado esta comisión “es ineludible que respondan a un servicio efectivamente prestado”, pero sin embargo, como se demostró tras una declaración testifical, “en verdad, la comisión que nos ocupa traería exclusiva causa de gastos (en particular gestiones telefónicas con la entidad domiciliataria y con el propio cliente) derivados del impago de los efectos”. En definitiva, una comisión ilegal que Banca Cívica se sacó de la manga, y que ahora tendrá que devolver con intereses y costas procesales.
Para Antonio Olaya, esta sentencia debe servir “para que la gente sepa que pueden reclamar este tipo de comisiones, y como se puede ver en este caso, se gana”.
Sepan también, como ejemplo alejado pero relacionado con este caso, que si se sientan en un bar, le ponen la cesta de pan o las aceitunas sin pedirlas ni estar en la carta su precio, y al final se la cobran, están en todo su derecho de reclamar.