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sociedad

¿Qué tipos de despido existen en España?

Descubre más sobre los diferentes tipos de despido laboral que se pueden aplicar en nuestro país

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  • Desempleo.

Hace unos cuantos años, lo más habitual era que los trabajadores permanecieran en la misma empresa durante un largo periodo de tiempo, sin embargo, en la actualidad, el mercado laboral es cada vez más volátil, por lo que es muy frecuente ver como las personas van cambiando de empleo. En algunos casos, este cambio se produce por voluntad del trabajador, mientras que en otros, se ocasiona por un despido laboral.

Cuando hablamos de un despido, nos referimos a un proceso que puede ser utilizado por un determinado empleador -empresa, organización, etcétera-, para poner fin a un contrato laboral con un trabajador. No todos los despidos laborales son iguales, de modo que es muy importante conocerlos a fondo, ya que cada uno de ellos presenta unas características distintas.

Es decir, en función del tipo de despido, las personas pueden emprender diferentes acciones administrativas o legales, siempre y cuando, la causa del cese de actividad no esté convenientemente justificada. Para salir de dudas y no tener problemas en el futuro, a continuación vamos a analizar los diversos tipos de despidos en España.

¿Cómo son los tipos de despido en España?

Generalmente, el despido laboral es una decisión unilateral que adoptan las empresas, de manera que los trabajadores no pueden negociar la extinción del contrato. Como ya hemos comentado antes, en nuestro país existen diferentes tipos de despido, puesto que las causas de extinción de la relación laboral pueden ser muy variadas. El despido procedente es uno de los más utilizados, pero no es el único que hay en España.

1. Despido procedente

En primer lugar, vamos a detallar el despido procedente. Un tipo de despido que se produce cuando las empresas acreditan las causas de extinción laboral con pruebas, es decir, el despido se realiza de forma correcta y como establece la ley. En este caso, el trabajador no puede recuperar el puesto laboral en ningún momento, ni bajo ninguna circunstancia, por lo que tan solo puede acceder a una indemnización.

Eso sí, para obtener el beneficio indemnizatorio, el despido tiene que ser objetivo -el empleado obtiene una compensación de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades-. Si por el contrario, el despido laboral es disciplinario, el trabajador no tiene derecho a recibir ninguna indemnización. En cualquier caso, esta última clase de despido la tiene que resolver un juez.  

2. Despido improcedente

En relación con lo expuesto en el apartado anterior, podemos hablar de un despido improcedente, cuando un juez establece que la empresa no ha cumplido con la ley. Esto quiere decir, que el empleador no ha acreditado un motivo alegado, o bien, que no ha seguido los requisitos formales del Estatuto de los Trabajadores. Si se llega a producir esta situación, el empleado ha recibido un despido improcedente.

Por tanto, no es una modalidad más de despido, sino que más bien es una calificación que establecen los jueces, los cuales se encargan de solucionar todo este proceso. En este sentido, cualquier empresa puede realizar despidos improcedentes, puesto que en ciertas ocasiones, se utilizan causas previstas en la ley, pero sin aportar pruebas o señales que las demuestren.

3. Despido objetivo

Una vez aclaradas las diferencias entre despido procedente e improcedente, llega el momento de hablar del despido objetivo. Este tipo de despido está contemplado en el artículo 52 del Estatuto del Trabajador, el cual establece 4 causas objetivas que dan lugar a este despido -económicas, técnicas, organizativas y productivas-, sin embargo, también se contemplan otras razones como el absentismo laboral reiterado.

4. Despido disciplinario

Por otro lado, está el famoso despido disciplinario. En este caso, nos referimos a un tipo de despido laboral que se produce por incumplimiento grave del empleado, lo que se traduce en que el trabajador no cumple con sus funciones. Por ello, la empresa está en su derecho de extinguir la relación contractual, siempre y cuando, realice un escrito en el que comunique los hechos y las causas exactas del despido.

5. Despido colectivo

Aunque no es el más común de los despidos, la realidad es que algunas empresas sí que lo utilizan de vez en cuando. Se trata de un despido que pone fin a las relaciones laborales de varios empleados al mismo tiempo, es decir, la organización evita realizar despidos individuales. Para que el despido colectivo se pueda tramitar, las empresas tienen que alegar causas justificadas -económicas, técnicas, organizativas, etcétera-.

6. Despido nulo

Por último, en España también se contempla la figura del despido nulo. Este tipo de despido laboral se produce cuando las causas tienen que ver con discriminaciones, o con transgresiones de los derechos fundamentales de los trabajadores. Al igual que ocurre con el despido improcedente, éste debe ser acreditado por un juez, y en caso de prosperar, el empleado tiene que ser readmitido de nuevo en el puesto de trabajo.

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