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sociedad

Ocho años de cárcel por tocamientos a dos menores, amigas de su hija, cuando iban a casa

Deberá indemnizar a una de las niñas con 5.000 euros por el daño moral causado y con 9.000 a la otra, también por trastornos severos

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  • Juicio al acusado de abusar de dos menores. -

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a ocho años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de dos menores, amigas de su hija, a las que realizaba tocamientos de manera frecuente aprovechando que iban a su casa a jugar.

La sentencia, de la Sección Primera de la AP y difundida este jueves, considera al procesado autor de dos delitos continuados de abuso sexual a menor de dieciséis años, ya es que cuando se iniciaron los hechos -en 2018 en un caso y entre 2019 y 2020 en el otro- las niñas tenían diez y doce años.

Además de la pena de prisión, el implicado --que negó los hechos en la vista, al asegurar que solo les hacía "cosquillas", en los hombros, la barriga y los pies, pero "nunca" en la zona genital o del pecho-- se le ha impuesto una medida de alejamiento y prohibición de comunicarse con las víctimas durante seis años, y otra de libertad vigilada de cinco años tras su salida de la cárcel.


Además, el ahora condenado -que es sordomudo y declaró en el plenario con ayuda de una interprete de lengua de signos- deberá indemnizar con 5.000 euros a una de las afectadas por el daño moral causado, y con 9.000 euros a la otra, por dicho daño y también por los "trastornos psíquicos y psicológicos severos" que sufre, "con afectación relevante en su vida y con exigencia de terapias psicológicas y seguimiento psiquiátrico prolongado temporalmente".

La pena privativa de libertad impuesta es la misma que solicitaba el fiscal, que también reclamaba sendas indemnizaciones de 4.000 y 6.000 euros por los daños morales causados, inferiores a las acordadas.

DIVERSOS TOCAMIENTOS EN LAS CONTINUAS VISITAS

Según la sentencia, que no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, durante los primeros seis meses de 2018 y "con ocasión de las continuas visitas" que una menor realizaba al domicilio del enjuiciado para estar con su hija, le realizó "diversos tocamientos en los pechos, culo y zona genital, tanto por dentro como por fuera de la ropa, metiéndole incluso las manos por debajo de la ropa interior y acariciándole la zona genital".

Cuando comenzaron estos tocamientos la niña tenía once años y a consecuencia de los mismos "padeció una situación de estrés con sentimiento de culpa".

En idéntica circunstancia, entre julio de 2019 y diciembre de 2020 el procesado, "aprovechando los momentos en los que estaba haciéndole cosquillas" a otra amiga de su hija -que al inicio de los hechos tenía doce años- realizó también "en reiteradas ocasiones tocamientos por encima de su ropa en los pechos, entrepierna y nalgas" con el fin de "satisfacer sus deseos sexuales".

Como consecuencia de ello, esta menor presenta depresión moderada, intentos autolíticos y un trastorno de la conducta alimentaria que es compatible con una situación como la vivida.

CREDIBILIDAD DE LAS MENORES POR SU CONVICCIÓN Y SERIEDAD AL DECLARAR

A la hora de dar por acreditados los hechos que se han declarado probados, el tribunal ha tenido en cuenta la declaración de las menores, de las que destaca su "credibilidad", así como la declaración de otros testigos y los informes periciales.

Del testimonio de las niñas, la Sala resalta la "convicción y seriedad al declarar", ya que siempre han dicho lo mismo y no existen contradicciones en sus relatos.

Tampoco se ha apreciado en ninguna de las dos motivos espurios que indiquen posibles razones para no decir la verdad, y en ambos casos existen elementos periféricos que corroboran sus versiones.

CUANDO UNA CONTÓ LOS HECHOS LA OTRA DIJO QUE LE HABÍA PASADO LO MISMO

Los hechos se denunciaron a principios de 2021, cuando la segunda de las menores contó lo ocurrido en el centro escolar. Entonces, cuando la primera conoció lo sucedido, reveló a su madre que ella había pasado por lo mismo.

Para la sala, "no priva de verosimilitud" el hecho de que esta denunciara entonces lo sucedido en 2018, dilación temporal que se explica por lo dicho por la niña, que en su momento "no quería contarlo por miedo hacia el padre y por el temor de perder la amistad" con la hija del acusado.

En el juicio ambas ratificaron los hechos, asegurando una de ellas que fue algo "muy fugaz: pasó muy rápido, pero fue muy incómodo", extremo este último en el que coincidieron las dos, que también precisaron que los tocamientos se produjeron en el salón y en el dormitorio de la vivienda del ahora condenado.

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