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Sevilla

Éstas son las bases para optar a una de las 97 plazas de peón en el Ayuntamiento

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles y podrá hacerse a través de la sede electrónica del Consistorio

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  • Imagen de la Plaza Nueva, con el Ayuntamiento de Sevilla. -

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica este jueves las bases generales aprobadas por el Ayuntamiento de Sevilla para convocar 97 plazas de peón vacantes en su plantilla de personal laboral mediante una oposición-concurso, conforme a la oferta de empleo público de la institución correspondiente a 2018.

Las citadas bases, consultadas por Europa Press, reflejan que las mismas están destinadas a regir el procedimiento promovido para "cubrir en propiedad 97 plazas de peón por el proceso de selección de estabilización de empleo temporal", toda vez que siete de las plazas quedan reservadas para el cupo de personas con discapacidad.

Entre los requisitos estipulados por las bases figuran contar con una edad mínima de 16 años, "poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas" o "estar en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente".

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y quienes deseen tomar parte el proceso selectivo deberán hacerlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla (www.sevilla.org), mediante una solicitud genérica.

El sistema selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, contando la primera fase con un único ejercicio teórico práctico elemental tipo test, de 80 preguntas. La fase de concurso consistirá de su lado en la valoración de los méritos acreditados por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con el baremo de méritos contemplado.

Al respecto, las bases puntualizan que "dentro de la Administración Pública, se primarán los servicios prestados en el Ayuntamiento de Sevilla del resto de Administraciones Públicas".

"ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL"

"Dicho criterio se considera razonable y proporcionado, en cuanto prima la experiencia en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, al tratarse de una plaza convocada al amparo de un procedimiento específico de estabilización de empleo temporal, y en cuanto permite la valoración, a una menor proporción, de los servicios prestados en otras Administraciones".

Así, el baremo especifica que por cada día de servicios prestados en el Ayuntamiento de Sevilla, en puestos de igual categoría y cualificación a la de la plaza a la que se opta, el aspirante contará con 0,0024 puntos, frente a 0,0010 puntos por cada día de servicios prestados "en los organismos autónomos del Ayuntamiento de Sevilla o en cualquier otra Administración Pública, en puestos de igual categoría y cualificación".

Es más, el baremo de las bases recoge que "por cada ejercicio aprobado en los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de Sevilla en la categoría de peón en los últimos 15 años", el aspirante contará con 1,5 puntos.

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