Los
establecimientos de hostelería de Sevilla que cumplen con la normativa y las recomendaciones sanitarias ante la Covid-19
son espacios seguros.
Hasta el 9 de diciembre se puede
consumir en su interior o en las terrazas de veladores autorizadas por la Gerencia de Urbanismo
hasta las 18.00 horas, se puede pedir y recoger comida hasta las 21.30 y se puede entregar en el domicilio hasta las 23.30 horas.
El
Ayuntamiento de Sevilla
ha autorizado ampliaciones de los espacios de terrazas para garantizar el c
umplimiento de las distancias de seguridad, establecidas por la autoridad sanitaria en
1,5 metros entre sillas y para c
ompensar la limitación del aforo en el interior de los locales.
En ningún caso se pueden superar las seis personas ni se pueden ocupar más del 75% de las mesas autorizadas de acuerdo con la normativa autonómica.
Además, como
medida de apoyo al sector, se han facilitado
autorizaciones para la instalación de veladores en plazas de aparcamientos, que deben ser solicitadas a la Gerencia de Urbanismo, y se han tramitado aquellos p
ermisos para habilitar nuevos veladores que cumplan con las normativas de accesibilidad y de ruidos. En cualquier caso
el uso de la mascarilla es obligatorio dentro y fuera del establecimiento y
está prohibido fumar a menos de dos metros de otra persona. No se puede consumir en la barra.
Los
negocios de esparcimiento y ocio nocturno están
clausurados por orden de la Junta de Andalucía. No obstante, el Ayuntamiento de Sevilla ha abierto la opción de tener un
uso provisional como cafeterías a través de una declaración responsable que se presenta en la Gerencia de Urbanismo. Del mismo modo,
las salas de conciertos están clausuradas salvo aquellas que han solicitado su
adecuación al uso de auditorio cumpliendo las medidas acordadas por el Ayuntamiento con
todo el público sentado, con distancias de seguridad y espacios separados.
Las tasas de los negocios
Dadas las limitaciones existentes en cuanto a la actividad hostelera,
todos los negocios han tenido este año la exención en la tasa por ocupación de la vía pública con veladores durante el segundo trimestre y además
se tramita la exención completa durante 2021 para contribuir a su reactivación así como la
compensación del último trimestre de 2020.
No hay que realizar ningún trámite para acceder a estas ayudas.
En cuanto a la
tasa de recogida de residuos, los establecimientos
no tuvieron que abonar el periodo correspondiente al primer estado de alarma y
no han recibido durante
este último trimestre recibo alguno por parte del Ayuntamiento de Sevilla.
El cobro se aplaza al primer trimestre de 2021 y se está
tramitando una modificación normativa para que llegue con una reducción del 50%. Esta misma bonificación
se mantendrá durante todo 2021 sin que sea necesario realizar
trámite alguno por parte de los negocios.
Más información
www.sevilla.org