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Sevilla

¿Competencias en vivienda? Quien las quiere

El Ayuntamiento dice que no tiene 528 viviendas vacías y Fomento asegura que son las VPO sin visar ni ocupar que hay en Sevilla

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  • Acampada de la Corrala -

La Corrala Utopía ha puesto en evidencia, al margen del drama particular de las familias que la componen, hasta qué punto es difícil discernir en qué tejado competencial está dar solución a este caso concreto y cómo muchas veces la política, teniendo los instrumentos, se queda en el cruce de cartas institucionales, porque si el alcalde de Sevilla le envió una a la presidenta de la Junta ayer explicándole el proceso seguido por el Ayuntamiento, Susana Díaz le contestó con otra a Juan Ignacio Zoido asegurando que no admitiría un incumplimiento de la ley.

En síntesis el problema está en quién determina la excepcionalidad de este caso y qué amparo legal tiene. La Ley del Derecho a la Vivienda refleja en su artículo 20 la obligación de las administraciones para atender situaciones de excepcionalidad, que es lo que les ha requerido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo a ambas y ambas dicen estar cumpliéndolo.

El Ayuntamiento ha seguido su camino, siguiendo los requisitos de su registro de demandantes, con su intermediación en las negociaciones con Ibercaja -entidad implicada que gracias al auto de desalojo forzoso se ha desentendido- y aludiendo a la falta de viviendas vacantes, “porque las que están vacías o están contratadas, registradas, reservadas, en proceso de adjudicación o en el baremo social”, un proceso que, según dijo ayer el portavoz municipal, Francisco Pérez, “puede tardar meses”.

El portavoz acusaba a la Junta de “deslealtad” al situar el problema en el tejado del Ayuntamiento, cuando las 528 viviendas de las que hablaba Fomento no están disponibles y sólo pueden adjudicarse salvo en caso de excepcionalidad, y la situación de la Corrala es similar a la de otras familias del registro.  Y añadía: la excepcionalidad tendría que decretarla la propia Junta.

Sin embargo, el reglamento que desarrolla el Registro de Demandantes de Viviendas, en su artículo 13, establece que el carácter de urgencia de la exclusión social deben justificarlo “los servicios sociales del Ayuntamiento”.

Además, fuentes de la Consejería han especificado que esas 528 no son las incluidas en el registro municipal, sino las VPO “vacías, sin visar y sin contrato” que tienen calificación definitiva -algunas desde 2008-, por lo que no pueden ser habitadas. Y este es el primer paso que le exigen, ponerlas en carga para ampliar el parque. E insisten: si ellos han buscado seis viviendas entre las disponibles para hacer frente a este problema urgente, el Ayuntamiento también puede. Y destacan el excesivo tiempo de adjudicación cuando existe tanta demanda en Sevilla.

Nada condicionará la Semana Santa

“La ciudad no se va a ver condicionada por nada en estas fechas, hasta ahí podíamos llegar”, ha recalcado Pérez, dejando claro que “si hay que montar un dispositivo en la Plaza Nueva, se hará”, ante la coincidencia de la Semana Santa con la protesta.

La Junta tiende la mano en este caso

El portavoz del Gobierno andaluz, Miguel Ángel Vázquez, ha tendido la mano al Ayuntamiento para buscar una “solución factible y transitoria” a las veintidós familias desalojadas el pasado domingo de la Corrala Utopía en Sevilla.

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