El tiempo en: Antequera
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

El TSJA revisa el día 5 de junio la condena a Rivas, Mellet y Ponce

Por el cohecho en Mercasevilla

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Fernando Mellet -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) revisará el próximo día 5 de junio la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó al pago de una multa de 600.000 euros y 21 meses de inhabilitación al exdelegado provincial de Empleo Antonio Rivas y a los exdirectivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce por solicitar una 'mordida' de 450.000 euros a los empresarios del Grupo La Raza como condición para gestionar la escuela de hostelería de la lonja.

   De este modo, fuentes del caso han informado a Europa Press de que el Alto Tribunal andaluz ha fijado para el próximo miércoles, a partir de las 10,30 horas, la vista para debatir los recursos interpuestos por los tres condenados por el delito de cohecho, que han defendido su inocencia y han solicitado su libre absolución.

   El magistrado presidente, Ángel Márquez, dictó la sentencia después de que un jurado popular emitiera el día 24 de octubre de 2012 un veredicto de culpabilidad respecto a Rivas, Mellet y Ponce, mientras que absolvió a la directora de proyectos de la Fundación Mercasevilla, Regla Pereira.

   La Fiscalía Anticorrupción ya anunció que no recurriría la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla al considerarla "excelente", a pesar de que rebajó de 900.000 a 600.000 euros la multa solicitada por la Fiscalía y de que absolvió a Regla Pereira, a la que el fiscal acusó inicialmente.

SEGÚN EL JUEZ, RIVAS "IDEÓ" EL "SOBORNO"

   En la sentencia, el juez considera que Rivas "ideó" el "soborno" y Mellet y Ponce "aceptaron realizar la petición de dinero que les planteaba" el exdelegado provincial de Empleo, "en beneficio propio o de terceros", todo lo cual "constituye un supuesto de autoría conjunta".

   Respecto al exdelegado, asevera que "las pruebas indiciarias permiten llegar de forma lógica a la conclusión adoptada por el jurado y a considerar una participación principal de Rivas en el soborno realizado". Así, su culpabilidad viene determinada por la declaración del jefe de la Policía Judicial que interrogó a Mellet y Ponce, y que señaló que ambos apuntaron al exalto cargo, y por el testimonio en el juicio de Ponce, quien dijo "que Mellet le había dicho que había sido Rivas el que había pedido la comisión".

   Este testimonio "afecta directamente al propio declarante, pues viene a reconocer su intervención en los hechos y la ilicitud de la dádiva que solicitaba", agrega el juez, quien dice que "también incrimina directamente a Mellet, quien, en ejercicio de su derecho a no declarar, ha guardado silencio, que si bien no puede ser apreciado como prueba ni como indicio, sí puede ser valorado como una oportunidad perdida de debilitar o desvirtuar la prueba existente".

   El juez llama la atención sobre el hecho de que Rivas, que "carecía de competencia" para otorgar la subvención, "se implicó directamente en la consecución del convenio para el otorgamiento de la subvención para equipamiento y cursos de formación", mientras que las reuniones entre el exdelegado y Mellet "se sucedieron en el tiempo", por lo que "con estos antecedentes es lógico apreciar el desmedido interés de Rivas por las solicitudes de Mellet".

LA CABALGATA DE REYES MAGOS

   "Lo razonable es que, después de tener conocimiento de la concesión de la subvención, Rivas se hubiera puesto en contacto con Mellet, o al menos hubiera hablado de la subvención en la conversación telefónica mantenida el 5 de enero de 2009, que sí reconoce dicho acusado, quien, en un intento de eludir su responsabilidad, nos dice que se limitó a pedirle ayuda para que pudiera salir en la cabalgata de los Reyes Magos la hija de su secretaria, lo que es confirmado por ella, cuyo testimonio, al igual que el del acusado, en este punto carece de credibilidad".

   En cuanto a la grabación del presunto intento de cohecho, dice que "existen dos referencias" a Rivas, una cuando se le dice a los hosteleros que colaboraran con 300.000 euros y que a cambio obtendrían todos los cursos de formación subvencionados, y la segunda cuando los empresarios preguntan si esa petición "era para la Delegación", lo que "pone de relieve que las sospechas de los afectados recaían sobre Rivas, pues había sido el interlocutor con la Junta en todo el tema de la subvención y, lógicamente, la respuesta, al querer ocultar los acusados el destino del dinero, no podía ser afirmativa, pues entonces descubrían la intención de Rivas".

   En cuanto a los exdirectivos del merca, el magistrado entiende que la valoración realizada por el jurado "cumple con la exigencia legal de exposición de una sucinta explicación de las razones por las que se han declarado los hechos como probados", señalando que la "prueba directa" para su inculpación han sido los testimonios de los hosteleros, cuyas declaraciones "constituyen prueba de cargo bastante para enervar la presunción de inocencia" de ambos.

   "Dichos testimonios, por la coherencia que han mostrado en la narración de los hechos enjuiciados, la contundencia de sus pronunciamientos, la persistencia en la incriminación de los acusados y la ausencia de contradicciones entre ellos, permiten apreciar la concurrencia de prueba de cargo bastante", todo ello "máxime cuando no se ha evidenciado ningún motivo que permita debilitar la credibilidad de sus declaraciones".

LA DECISIÓN DEL JURADO, "RAZONABLE Y JUSTIFICADA"

    La versión de los hosteleros, "sin necesidad de valorar el contenido de la grabación" de la reunión en la que se produjo el presunto intento de cohecho, "ha sido corroborada por otros elementos probatorios", como la declaración de Ponce, "que reconoció las peticiones de dinero", o del policía que les tomó declaración.

   Según el magistrado, hay que tener en cuenta también las declaraciones de los que fueran consejero y viceconsejero de Empleo, Antonio Fernández y Agustín Barberá, respectivamente, quienes "vienen a confirmar la versión inculpatoria, pues niegan que los socios de La Raza tuvieran obligación de entregar dinero alguno a la Junta, como intentan establecer las defensas, y no sólo eso, sino que al tener conocimiento de la petición de dinero efectuada" por Mellet y Ponce "la consideraron como posible integradora de delito, y por ello remitieron la cinta a la Fiscalía".

LA GRABACIÓN NO FUE "FABRICADA 'AD HOC'"

   Volviendo a la grabación, el juez considera que "no se trata de una conversación descontextualizada, entrecortada o fabricada 'ad hoc', sino que se corresponde con la conversación realmente mantenida entre los acusados y los empresarios".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN