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Málaga

La Audiencia confirma el procesamiento del hombre imputado por matar a su exmujer en El Palo en 2011

El abogado se opuso al auto del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Málaga en el que se procesó al hombre por delitos de asesinato, con agravante de parentesco; malos tratos habituales, quebrantamiento de condena y coacciones

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La Audiencia de Málaga ha confirmado el procesamiento del hombre imputado por matar a su exmujer con un hacha y un cuchillo en la barriada malagueña de El Palo en febrero de 2011, al desestimar el recurso de la defensa contra dicha decisión. Además, no considera de utilidad practicar en este momento determinadas diligencias de pruebas que fueron solicitadas por el letrado.

   El abogado se opuso al auto del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Málaga en el que se procesó al hombre por delitos de asesinato, con agravante de parentesco; malos tratos habituales, quebrantamiento de condena y coacciones. Asimismo, en su recurso pidió la práctica de tres pruebas y alegó que, en todo caso, los hechos constituyen un delito de homicidio y no de asesinato.

   La Sección Novena de la Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, rechaza los argumentos incluidos por la defensa en su recurso y expuestos en una vista celebrada el pasado mes de octubre, y considera que "de lo actuado se infiere la existencia de indicios racionales de criminalidad suficientes como para declararle procesado", los cuales estima "justificados".

   Respecto a la primera de las diligencias pedidas, un informe pericial psiquiátrico sobre el procesado para contradecir otro ya existente, la Sala señala que la petición es "inconsistente" y que no hay elementos que avalen la necesidad de dicha prueba, como dijo la Fiscalía en la vista. Así, en la resolución se determina que no procede la práctica de la misma "por no considerarse de utilidad".

   Igual ocurre, sigue el auto, con una segunda prueba, que consistía en que se completara con el examen de la familia del imputado un informe elaborado por la Unidad de Valoración Integral de la Violencia de Género; así como con la tercera, que era requerir un informe sobre el curso de reeducación que el hombre realizaba en Málaga para justificar su presencia en la capital.

   No obstante, la Sala apunta que dicha prueba "y otra que considere conveniente" se pueden volver a pedir en el momento procesal adecuado "y no éste". También dice la Audiencia que "en su momento" deberá exponer la alegación de que algunos de los delitos del procesamiento ya fueron juzgados, apuntando que el que hubiera resolución no impide que se tengan en cuenta, aunque no a efectos de sanción.

   Sobre la calificación de homicidio y no de asesinato, el Tribunal precisa que un auto de procesamiento no es vinculante en cuanto a la calificación por las acusaciones, aunque apunta que, "como están redactados los hechos en el auto y se deduce de lo actuado, no cabe descartar indicios de alevosía, circunstancia cualificadora del asesinato".

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