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Vía libre a las ordenanzas fiscales que entrarán en vigor el 1 de enero

El Pleno autoriza además una modificación del préstamo hipotecario suscrito por Emuvijesa para Residencial Dédalo que permitirá ampliar un año más la renta bonificada a 21 inquilinos

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El Pleno municipal, presidido por la alcaldesa, Mamen Sánchez, ha aprobado la resolución de reclamaciones y la aprobación definitiva de ordenanzas municipales, que tenían que ser ratificadas por el Pleno municipal para entrar en vigor el próximo 1 de enero.

Como ha explicado el teniente de Alcaldesa de Economía y Hacienda, Santiago Galván, las alegaciones presentadas por parte de la Asociación de Familias Numerosas de Cádiz, ASFANUCA, a tres ordenanzas fiscales, la del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y las tasas reguladoras de alcantarillado y depuración y por abastecimiento de agua, han sido desestimadas al no ajustarse a la legislación vigente, en concreto, a lo establecido en el Real Decreto 17/2014 de 26 de diciembre, por lo que el texto que pasará a su aprobación definitiva es el que ya se aprobó en Pleno el pasado mes de octubre.

Según ha argumentado, la alegación presentada sobre el impuesto de vehículos de tracción mecánica se desestima debido a que la petición de una bonificación para las familias numerosas no está prevista en la legislación estatal, a la que está supeditada la ordenanza fiscal municipal en esta materia. En este sentido, Santiago Galván ha recordado que, además, la bonificación pretendida recae sobre unos coeficientes municipales que recargan la tarifa estatal, y que son de exigencia imperativa por el municipio en concordancia con la legislación en materia de financiación de las Entidades Locales, y, en concreto, con el Decreto 17/2014.

En cuanto a las alegaciones presentadas también por ASFANUCA para las tasas de alcantarillado y depuración y de abastecimiento de agua, se refieren al cambio en el sistema de tarificación de la cuota variable de la tasa (la que afecta al consumo) para las viviendas residenciales. Se pretende que se cuantifique el consumo en función del promedio suministrado a cada uno de los residentes de una vivienda, en lugar de considerarlo globalmente por vivienda.

La alegación no se ha estimado en el caso de la tasa de alcantarillado y depuración porque para esta tasa no está prevista actualmente una tarifación por bloques de consumo, que es el supuesto de partida para la aplicación de la  medida propuesta por esta Asociación.

En cuanto al abastecimiento, el modo propuesto de determinación de la cuota supondría un importante desequilibrio en sentido deficitario para el Ayuntamiento, no permitido por los planes de ajuste aprobados por el municipio en aplicación de la actual legislación en materia de financiación a las entidades locales, que obligan a que cualquier medida que se adopte en materia de ordenanzas fiscales, vayan encaminadas a un incremento de la cuota global de la tasa, en aplicación del Decreto 17/2014. 

En cuanto al resto de las ordenanzas municipales que se aprobaron de forma inicial en el Pleno de octubre, Santiago Galván ha indicado que se consideran aprobadas definitivamente al no haberse presentado ninguna alegación a las mismas.

Hay que recordar que las modificaciones de las ordenanzas, que entrarán en vigor el próximo 1 de enero, son:

-Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros ingresos de derecho público municipales.
-Ordenanza Fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
-Ordenanza Fiscal del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
-Callejero fiscal del impuesto sobre actividades económicas.
- Ordenanza fiscal del impuesto sobre actividades económicas.
-Ordenanza reguladora de la tasa por aprovechamiento de la vía pública con entradas de vehículos a través de la acera y la reserva de la misma para aparcamiento exclusivo.
-Ordenanza reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica.
-Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de alcantarillado y depuración.
-Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por abastecimiento de agua.

Hay que recordar igualmente que las ordenanzas están conformes al Plan de Ajuste y contemplan una bajada del recibo del agua y alcantarillado del 0,9% y el mantenimiento del resto de las tasas e impuestos que tienen que entrar en vigor el próximo 1 de enero, en cuanto a tarifas y las bonificaciones que se están aplicando actualmente.

Como novedades destacadas, el proyecto de modificación de las ordenanzas recoge la consolidación de la bonificación del 1,5% de las cuotas tributarias por fraccionamiento en el plan personalizado de pagos que hasta ahora venían aprobándose expresamente año a año.

Asimismo, se ha aprobado por unanimidad la resolución de solicitudes de bonificación de hasta el 95 por ciento en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal que se realicen dentro del conjunto histórico artístico, según se recoge en la Ordenanza Fiscal Reguladora de este impuesto. En total se han aprobado unas 40 solicitudes de bonificación por parte de particulares o entidades.

Por otro lado, el Pleno ha dado luz verde por unanimidad a la autorización de modificación del préstamo hipotecario suscrito en su día con La Caixa -hoy Caixabank- para la promoción de 88 viviendas en régimen de venta Residencial Dédalo (actualmente en régimen de alquiler con opción a compra).

Como ha explicado la teniente de Alcaldesa de Acción Social e Igualdad, este punto tiene como objeto modificar una serie de condiciones del citado préstamo –interrumpir el periodo de amortización por un año, ampliando el de carencia fijándose el plazo de duración del préstamo en 32 años- para poder seguir ofreciendo una renta bonificada durante un año más a los inquilinos de las 21 viviendas alquiladas actualmente por parte de Emuvijesa. 

Ello permitiría además, según ha afirmado Carmen Collado, en caso de venta, que los futuros compradores de estas viviendas dispusieran de un mayor plazo de amortización del préstamo.

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