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Condenados a penas de 53, 46 y 8 años a los 3 yihadistas de Cataluña

El tribunal supera las penas que solicitó el Ministerio Fiscal y no les atribuye el delito de asesinato terrorista

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  • Las Ramblas -

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de 53, 46 y 8 años de cárcel a los tres miembros de la célula yihadista que cometió los atentados terroristas de Barcelona y Cambrils en agosto de 2017, en los que murieron dieciséis personas.

En su sentencia, los magistrados imponen una pena de 53 años y seis meses de cárcel a Mohamed Houli Chemlal y de 46 a Driss Oukabir por delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito así como fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista, y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

Además, la resolución, de 1.018 páginas, les impone la inhabitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercase a Alcanar durante 10 años una vez cumplidas las penas privativas de libertad. La Sala indica que el cumplimiento efectivo de las penas para estos dos acusados no excederá de 20 años.

La Audiencia condena al tercero de los acusados, Said Ben Iazza, a 8 años de cárcel por el delito de colaboración con organización terrorista y le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como y la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.

En su fallo, la Sala de lo Penal acuerda absolver a Mohamed Houli y Driss Oukabir de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, así como de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia por los que también habían sido acusados.

El tribunal absuelve igualmente a Said Ben Iazza de los delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia depósito y fabricación de explosivos de carácter terrorista y de conspiración para cometer estragos terroristas por los que también había sido acusado en el juicio celebrado en la Audiencia Nacional.

PENAS POR ENCIMA DE LAS QUE PEDÍA FISCALÍA

La sentencia del tribunal supera la demanda de penas que solicitó la Fiscalía ya que interesaba penas de 41 y 36 años de prisión para Houli y Oukabir, respectivamente, por delitos de integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de sustancia explosivas y por conspiración para el delito de estragos, mientras que para el tercer acusado solicitaba una condena a 8 años de cárcel por colaboración con la célula yihadista.

El Ministerio Público no acusó a ninguno de asesinato terrorista dado que no tuvieron una participación directa en los atentados. Discreparon en este punto con muchas de las acusaciones particulares y, en particular, con las acusaciones populares --ejercidas por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Asociación 11-M--, que solicitaban para Houli Chemlal y Oukabir la pena de prisión permanente revisable.

Para Mohamed Houli Chemlal, el joven que resultó herido en la explosión de la vivienda de Alcanar (Tarragona) un día antes del atropello de la Rambla, el Ministerio Público solicitaba la pena más alta, un total de 41 años de cárcel por los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de explosivos, y conspiración para cometer estragos terroristas.

La segunda pena más elevada que reclamaba la fiscal del caso era para Driss Oukabir, hermano de uno de los terroristas abatidos en Cambrils, con 36 años de prisión por los mismos delitos que Houli.

Para el tercer procesado, Said Ben Iazza --quien fue detenido en Castellón meses después de los atentados--, se piden 8 años por colaboración con la célula, según consta en el escrito de calificación de penas que la Fiscalía remitió a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal antes del juicio.

El juicio arrancó en noviembre de 2020 y se extendió durante 32 sesiones hasta febrero de 2021. En la primera sesión los acusados ya dejaron ver cuál sería su estrategia de defensa durante el juicio, ya que Mohamed Houli Chemlal, único superviviente en la explosión de la vivienda de Alcanar (Tarragona), donde se prepararon los explosivos para atentar, se acogió a su derecho a no declarar, aunque mostró arrepentimiento por lo sucedido e insistió en su colaboración con la justicia. No obstante, los otros dos acusados se limitaron a responder a sus abogados, desmarcándose de la tesis acusatoria de la Fiscalía.

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