La Agencia Española de Protección de Datos ha abierto actuaciones previas de investigación para averiguar si se ha producido un acceso ilícito a bases de datos estatales para la creación del censo electoral catalán, que pretenden usar los impulsores del referéndum del 1-0 para la consulta.
Esta actuación, que se produce después de que la Agencia haya recibido una denuncia de un ciudadano, ha llevado a que este organismo haya solicitado información a diversas entidades, como el INE o la Agencia Tributaria, sobre los accesos a sus bases de datos por parte de la Generalitat o los ayuntamientos en Cataluña.
Según un comunicado de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), los hechos denunciados podrían implicar la existencia de conductas contrarias a la Ley Orgánica de Protección de Datos en relación con ficheros y tratamientos sometidos a la competencia de este organismo.
La AEPD ha trasladado la denuncia a la Autoridad Catalana de Protección de Datos, a la que ha remitido también un informe en el que se analiza la ausencia de base legal para la utilización de determinados con los que crear un censo electoral por parte de la Generalitat de Cataluña.
Así, la AEPD ha pedido a la catalana que le comunique la información que pueda recabar como consecuencia de la tramitación de la denuncia remitida y, en particular, la relacionada con el origen de los datos.
En concreto, la AEPD ha reclamado información al Instituto Nacional de Estadística (INE), a la Agencia Tributaria, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre los accesos a sus bases de datos por parte de la Generalitat o los ayuntamientos en Cataluña.
La elaboración del censo para todo tipo de elecciones que se celebran en España es una competencia de la Oficina del Censo Electoral, bajo la supervisión de la Junta Electoral Central.
Esta oficina, que está encuadrada en el Instituto Nacional de Estadística, actualiza el censo todos los meses con la información recibida de oficio por los ayuntamientos, oficinas consulares o encargados del Registro Civil, pero es una información que solo está disponible a nivel interno y no se facilita a ningún organismo.
Pero el proceso para elaborar el listado para unas elecciones concretas no se inicia hasta que la convocatoria de las mismas sale publicada en el Boletín Oficial del Estado, lo que no ha ocurrido con el referéndum catalán, suspendido por el Tribunal Constitucional.