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Córdoba

Piden cárcel por quedarse con objetos de Sabina, Santana y Loquillo

Tras supuestamente quedarse con objetos de artistas como Joaquín Sabina, Carlos Santana, Manolo García y Loquillo, entre otros, que decoraban un bar

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  • Juzgados de Córdoba. -

La Fiscalía ha pedido una pena de un año y ocho meses de cárcel para una mujer acusada de un delito de apropiación indebida, tras supuestamente quedarse con objetos de artistas como Joaquín Sabina, Carlos Santana, Manolo García y Loquillo, entre otros, que decoraban un bar de la capital cordobesa y que eran de su socio en este negocio, valorados todos en 151.350 euros. El juicio se prevé celebrar el miércoles en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

Según recoge la calificación del Ministerio Público, a la que ha tenido acceso Europa Press, en octubre de 2006 la procesada constituyó una sociedad junto a otras cinco personas y a ella le encomendaron la administración de la misma, a la vez que arrendaron un local para destinarlo a bar cafetería.

Al respecto, uno de los socios era propietario de una colección privada de fotografías, guitarras, prendas de vestir y otros objetos relacionados con el mundo del espectáculo, dado que era director artístico, de manera que cuando se abrió el citado local prestó todo para que sirviera de decoración.

En concreto, el afectado cedió un total de 16 discos de oro o de platino que le habían cedido diferentes grupos; guitarras de Julieta Venegas, Andrés Calamaro, Carlos Santana, Bryan May, El Canto del Loco, Estopa, Rosendo, Nacho García Vega, Hombres Gancho, Los Ronaldo, Pureza y Enrique Urquijo.

También había una pintura al carboncillo de Antonio Flores firmada por Rodrigo Solar, una camiseta de Nacho García Vega, una chaqueta y una pintura de Joaquín Sabina, una pintura de Manolo García, una chaqueta de Loquillo, un monolito de disco de diamantes de Hombres G y fotos originales de diferentes artistas.

Entre enero del año 2007 y hasta la actualidad, se han producido modificaciones estatutarias, así como la venta de diferentes participaciones sociales entre los socios que inicialmente constituyeron la sociedad.

Como consecuencia de que la situación económica de la sociedad no era positiva, teniendo pérdidas, se acordó una ampliación de capital, si bien al no solucionarse "los problemas de precariedad económica" que presentaba, se decidió alquilar el local en el que se encontraba el bar.

En este sentido, la acusada, que era la administradora, lo alquiló en modalidad de arrendamiento de industria a una persona y lo entregó incluyendo la referida colección con la que se había decorado, propiedad del citado afectado, quien comunicó al arrendatario que que iba a retirarla del local.

No obstante, dicha persona comunicó al mismo que "no le podía devolver los objetos", porque la administradora de la sociedad era la procesada. Si bien, una vez resuelto el contrato y tras entregar las llaves el arrendatario a la acusada, ésta supuestamente se apropió de los objetos de la colección, "trasladándolos a una localidad fuera de Córdoba", sin que conste cuando se ha realizado esta calificación que la mujer los haya devuelto a su propietario.

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