Recientemente se ha dictado sentencia por el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Pamplona, estimando íntegramente la demanda, declarando la nulidad por error vicio en el consentimiento por la adquisición de 61 CDAs (Certificado de Depósito de Acciones) de la entidad Triodos Bank.
Se trata de una sentencia pionera en España, la que permite recuperar al consumidor la cantidad total invertida en septiembre de 2019, que ascendía a 5.200 euros.
La sentencia dictamina que la contratación adoleció de un error esencial y excusable, al no conocer la auténtica naturaleza y esencia, así como los riesgos de un producto complejo y de alto riesgo (6/6), debido a la falta de información adecuada por parte de la entidad demandada.
En las dos compras que hizo el cliente, en 2019 y 2020 no se practicaron los test preceptivos de idoneidad.
Declarada la nulidad de la adquisición de este producto citado, la Magistrada condena a la devolución de lo invertido junto con los intereses legales y condena a la entidad al pago de las costas procesales.
Por lo tanto, empieza una nueva carrera judicial para conseguir las cantidades invertidas por los consumidores, asuntos que acabarán en las audiencias provinciales y probablemente en el Tribunal Supremo como otros productos complejos siguieron.