El tiempo en: Antequera

Campo de Gibraltar

El lunes se abre el plazo del periodo voluntario de pago del IBI

El recibo de la contribución urbana de 2018 será inferior en San Roque al del pasado año una media de entre 25 y 40 euros

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Córdoba y Boix.-AI

El alcalde de San Roque, Juan Carlos Ruiz Boix, y la teniente de alcalde de Hacienda, Mónica Córdoba, informan que desde el próximo lunes, 2 de julio se abre el plazo, en periodo voluntario, para abonar el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica (IBI) correspondiente al ejercicio 2018.

El recibo de la contribución urbana de 2018 será inferior en San Roque al del pasado año una media de entre 25 y 40 euros. El Pleno Ordinario aprobó la reducción del tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del 0,47 de la base catastral al 0,42. Además, se ha introducido una nueva bonificación para las familias con menos recursos que residan de alquiler en viviendas públicas.

El periodo voluntario expirará en octubre. Los contribuyentes que se encuentren afectados por el pago de los mismos, pueden recoger los dípticos en la Oficina de Recaudación, en la Plaza de Andalucía y en las Alcaldías de los núcleos de Estación, Puente Mayorga y Guadiaro, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

El alcalde señaló que esta reducción “es el tercer compromiso, que afectará a todos los propietarios de viviendas. Se trata de la reducción del tipo de la contribución urbana al mínimo histórico en el municipio” del 0,42, cinco puntos menos que en la actualidad.

“Este impuesto -recordó el alcalde- es de regulación estatal, pero es competencia municipal la fijación del tipo de aplicación sobre la base catastral del inmueble, que debe situarse entre el 0,40 y el 1,10. En nuestro municipio se ha fijado la mayor parte del tiempo en el 0,55, si bien en los últimos años se ha situado en el 0,44 o en el 0,47. Pues bien, en 2018 bajará del 0,47 al 0,42, colocándose en el tipo más bajo de la historia y rozando el mínimo legal”.

“Es obvio -señaló- que en función del valor catastral de las viviendas, el impacto de esta reducción será mayor o menor, pero para las familias de tipo medio del municipio la bajada se situará entre los 25 y los 40 euros”.

El primer edil recordó que en junio del pasado año, con motivo del ecuador del mandato, anunció una “nueva política fiscal” que se comenzó a materializar en julio con la aprobación de la reducción del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, más conocido como “el sello del coche”.

Explicó que esta medida “ha beneficiado a prácticamente todas las familias del municipio, ya que el parque de vehículos supera las 20.000 unidades en San Roque”. Así, se ha reducido este importe de 40 a 34 euros para los vehículos de menor cilindrada y de 80 a 72 euros para los de media cilindrada.

Añadió el regidor sanroqueño que hace un año “presentábamos la modificación de la Ordenanza de Cementerios que ha supuesto fijar un precio simbólico de un euro para la renovación de la ocupación de los nichos por cinco años y de los columbarios por 25 años”.
Por su parte, Mónica Córdoba ha querido recordar “a los contribuyentes que podrán hacer uso de las modalidades de pago y gestión de cobros por las Entidades Bancarias Colaboradoras (Domiciliaciones y Dípticos), y que se puede solicitar el fraccionamiento del pago en periodo voluntario”.
Finalizado el plazo de pago voluntario, se procederá a su cobro por vía ejecutiva, con el consiguiente apremio (recargos que correspondan según lo dispuesto por la Ley General Tributaria).
Córdoba explicó que “aparte de esta bajada histórica del tipo del IBI, se mantendrán las bonificaciones para primera vivienda en familias numerosas, según sus ingresos. Pero además se suma una nueva bonificación que beneficiará a las familias con menos recursos que habiten en viviendas públicas y en régimen de alquiler”.

Concretamente, la nueva bonificación se concederá a los inmuebles de promoción pública en régimen de arrendamiento, previa declaración del especial interés o utilidad municipal de dicha actividad por concurrir circunstancias sociales que justifiquen tal declaración. Esta declaración deberá ser ratificada en Pleno de la Corporación.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN