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Andalucía

¿Y ahora? Del recurso ante el propio Supremo al camino del Constitucional y Europa

Llarena ha rechazado perdonar el delito de malversación que atribuye a Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig

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  • Puigdemont y Comín. -

La decisión del juez Llarena y de la Sala de lo Penal del Supremo de no aplicar la amnistía ni al expresident catalán Carles Puigdemont ni a otros líderes del procés les aboca a recurrir ante el propio tribunal antes de abrir la vía del Constitucional, sin descartar acudir a la Justicia europea.

El Supremo ha actuado este lunes en los dos procedimientos. Llarena ha rechazado perdonar el delito de malversación que atribuye a Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig y ha acordado mantener vigentes sus órdenes nacionales de detención.

Al mismo tiempo, la Sala tampoco aplica la amnistía al exvicepresident Oriol Junqueras y a los exconsellers Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, condenados a penas de inhabilitación, ya que considera que la malversación no se puede perdonar en esta causa.

En cuanto a la desobediencia, la Sala ha acordado promover cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional y Llarena ha dado diez días a las partes para que aleguen sobre la pertinencia de plantear lo mismo ante la corte de garantías por este delito.

Ahora bien, las decisiones de Llarena y la Sala son recurribles, como recuerdan ambas partes en sus respectivos autos, conocidos hoy.

Contra el fallo del magistrado se puede interponer un recurso de reforma y subsidiario de apelación, en el plazo de tres días a partir de la fecha de notificación.

El primero de los recursos lo resuelve él mismo, mientras que el segundo una sala compuesta por los magistrados Vicente Magro, Eduardo de Porres y la magistrada Susana Polo, que instruye la causa de Tsunami en el Supremo por un delito de terrorismo contra Puigdemont.

Por su parte, la Sala de lo Penal recuerda en su auto que contra su decisión se puede presentar un recurso de súplica, que lo resuelve la propia Sala y que en muy raras ocasiones sale adelante.

Sin embargo, es previsible que en caso de que los líderes independentistas opten por recurrir al alto tribunal, éste mantenga las decisiones acordadas lo que no quita para que los recursos se presente, pues se debe agotar esta vía previo paso al Constitucional.

Solo así los lideres independentistas pueden presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional alegando la vulneración de sus derechos fundamentales y que, a su vez, es un requisito para recurrir a Europa si no les dan la razón.

Porque siempre cabe la opción de acudir ante la Justicia europea, en cuyo caso corresponde al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que es el competente para estudiar las vulneración a los derechos fundamentales, una vía que tanto los condenados como los procesados por el procés han utilizado ya en el pasado.

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