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Andalucía

Junta Electoral abre expediente sancionador a Alegría por criticar al PP desde Moncloa

La ministra acusó al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, de "trasladar" a la calle su "frustración" por no haber asumido el resultado de las elecciones

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  • La portavoz del PSOE, Pilar Alegría. -

La Junta Electoral Central ha acordado abrir un expediente sancionador a la ministra portavoz, Pilar Alegría, por haber hecho declaraciones críticas contra el PP y no respetar el deber de neutralidad en período electoral en la rueda de prensa que ofreció el 7 de mayo en el Palacio de la Moncloa tras el Consejo de Ministros.

El procedimiento, que puede suponer una multa de hasta 3.000 euros para la también ministra de Educación, se ha iniciado a instancias del PP, partido que denunció a la JEC que la portavoz había utilizado "expresiones con connotaciones electoralistas y apreciaciones críticas" sobre esta formación que vulnerarían el principio de neutralidad al que estaba obligado en período electoral.

Además de incoar un expediente, la Junta ordena la retirada de las expresiones objeto de la denuncia del canal oficial de Youtube de La Moncloa, tal y como habían solicitado los populares, tras declarar que no respetó la neutralidad ni la prohibición de hacer "alusiones" a "logros obtenidos".

En su comparecencia del 7 de mayo "no se limitó a comunicar extremos relativos al Consejo de Ministros que había dado lugar a la rueda de prensa, sino que fue más allá y realizó una crítica del partido de la oposición y aludió a realizaciones que cabía atribuir al Gobierno del que forma parte", sostiene el máximo intérprete electoral.

La ministra acusó al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, de "trasladar" a la calle su "frustración" por no haber asumido el resultado de las elecciones generales con una manifestación el 26 de mayo y de crear un clima "artificial" con "bulos y argumentos falaces" y recordó los 21 millones de afiliados a la Seguridad y datos de empleo.

Explica la Junta que si bien Pilar Alegría "puede ejercer libremente su derecho fundamental a la libertad de expresión y opinión, y realizar una crítica de otros partidos políticos", no lo puede hacer "prevaliéndose de la utilización de los medios públicos de los que dispone en razón de su cargo público".

Si Alegría reconociera voluntariamente su responsabilidad podría ver rebajada la sanción a 2.400 euros o incluso a la mitad de la cuantía si lo hiciera en plazo de alegaciones, recuerda el acuerdo hecho público hoy, justo en la jornada de las elecciones catalanas que determinaban la neutralidad obligada por la ley.

Es más, aunque la campaña finalizó el viernes, la JEC insta a la ministra a abstenerse "de realizar actuaciones como la examinada que supongan vulneración del deber de neutralidad exigido a las autoridades públicas durante período electoral".

Los preceptos que podría haber vulnerado la ministra con el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), referido a la prohibición de difundir logros, y el 103.1 de la Constitución que establece el deber de objetividad en la actuación de las administraciones públicas. 

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