El tiempo en: Antequera
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Andalucía

El escrutinio durará cuatro días y los ayuntamientos se constituirán el 17 de junio

Si hubiera recursos ante el contencioso-electoral contra la proclamación de concejales electos, dicho acto se celebrará el 7 de julio

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Urna electoral. -

El escrutinio oficial de los votos que se emitirán este domingo con motivo de las elecciones municipales durará cuatro días, del viernes 2 al lunes 5 de junio, mientras que la sesión constitutiva de los ayuntamientos se celebrará el sábado 17 de junio, 20 días después de los comicios, según el calendario electoral elaborado por el Ministerio del Interior consultado por Europa Press.

De acuerdo con los plazos establecidos en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), la presentación de reclamaciones y protestas contra el escrutinio general por parte de representantes y apoderados de las candidaturas podrá realizarse del 2 al 6 de junio, mientras que la Junta Electoral de Zona (JEZ) tendrá hasta el 7 de junio para resolverlas. En caso de que la JEZ decida elevar el expediente a la Junta Electoral Central (JEC) se abre un nuevo plazo para la resolución definitiva hasta el 13 de junio.

La proclamación de los candidatos electos por parte de la JEZ se producirá como máximo el día 14 de junio. A continuación se abre plazo para la posible interposición de recurso contencioso-electoral ante la Junta Electoral de Zona contra la proclamación de concejales electos, que se remitirían a la Sala Especial del Tribunal Supremo, que tendrá que emitir notificación como máximo el día 16 de junio.

Por último, la sesión constitutiva de los ayuntamientos está prevista para el sábado 17 de junio, mientras que si hubiera recursos ante el contencioso-electoral contra la proclamación de concejales electos, dicho acto se celebrará el 7 de julio.

En el caso de las diputaciones provinciales, el plazo para su sesión constitutiva abarca cinco días, del 27 de junio al 1 de julio, aunque es susceptible de retraso si se formulan recursos previos a la proclamación de diputados electos y suplentes.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN