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Campo de Gibraltar

El SAS indemnizará a dos mujeres por 'extraviar' un mes el cadáver de su padre en La Línea

Cada hija recibirá 30.000 euros por el daño moral. El cuerpo estaba en una cámara frigorífica del hospital pero les comunicaron que había recibido el alta

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  • Hospital de La Línea. -

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) deberá indemnizar con 30.000 euros a cada de las dos hijas de un paciente que murió en el hospital de La Línea (Cádiz), centro que mantuvo el cuerpo en una cámara frigorífica mientras la familia lo buscaba.

Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe favorable a las pretensiones de dos hermanas que denunciaron el daño moral ocasionado por el hospital de La Línea de la Concepción, dependiente del SAS, al que fue dirigido su padre de urgencia.

Los hechos se remontan al mes de octubre de 2019 cuando los servicios de urgencias trasladaron hasta el hospital a un hombre sin antecedentes graves pero que ingresó en la UCI y murió.

Tras el proceso de certificación de la muerte del paciente, el hospital condujo el cuerpo a una cámara frigorífica de sus instalaciones pero no activó los mecanismos necesarios para seguir el cauce normal de información.

Así, cuando una de las hijas llegó al hospital gaditano a preguntar por su padre, alertada de que había sufrido un problema de salud, en el centro le dijeron que el hombre había estado allí pero había recibido el alta médica.

Comenzó ahí el "daño moral" de la familia que rastreó el resto de los hospitales de Cádiz y llamó a los de otras provincias como Málaga o Sevilla para intentar localizar al hombre, cuyo cuerpo seguía en la cámara frigorífica.

Las hijas del difunto denunciaron su desaparición ante la Guardia Civil e iniciaron una campaña para buscarlo que acabó más de un mes después cuando una trabajadora social les avisó de que su padre constaba como fallecido en un informe derivado y firmado por el hospital de La Línea.

Esta llamada permitió recuperar el cadáver, aunque se produjo 36 días después de que se certificara la muerte, lo que aumentó el dolor de la familia y generó el daño moral reconocido por el Consultivo.

El dictamen ha considerado probado que tras el fallecimiento del padre de las reclamantes no se realizaron las actuaciones debidas para localizar a sus familiares y anunciarles este hecho luctuoso, ni se adoptaron las medidas de conservación del cuerpo adecuadas.

El cadáver permaneció durante todo el tiempo en una cámara frigorífica de la morgue del hospital, pero no fue congelado, por lo que la familia tuvo que reconocerlo en un avanzado estado de descomposición y afrontar el dolor de "no haber podido velarlo" en el momento de la muerte.

En su dictamen, el Consultivo ha tenido en cuenta el comportamiento de la familia, que desde el primer momento buscó al padre, y ha fijado en 30.000 euros para cada una de las hijas la indemnización que debe pagarles el SAS.

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