Los establecimientos de hostelería de Sevilla que cumplen con la normativa y las recomendaciones sanitarias ante la Covid-19 son espacios seguros. Hasta el 9 de diciembre se puede consumir en su interior o en las terrazas de veladores autorizadas por la Gerencia de Urbanismo hasta las 18.00 horas, se puede pedir y recoger comida hasta las 21.30 y se puede entregar en el domicilio hasta las 23.30 horas.
El Ayuntamiento de Sevilla ha autorizado ampliaciones de los espacios de terrazas para garantizar el cumplimiento de las distancias de seguridad, establecidas por la autoridad sanitaria en 1,5 metros entre sillas y para compensar la limitación del aforo en el interior de los locales. En ningún caso se pueden superar las seis personas ni se pueden ocupar más del 75% de las mesas autorizadas de acuerdo con la normativa autonómica.
Además, como medida de apoyo al sector, se han facilitado autorizaciones para la instalación de veladores en plazas de aparcamientos, que deben ser solicitadas a la Gerencia de Urbanismo, y se han tramitado aquellos permisos para habilitar nuevos veladores que cumplan con las normativas de accesibilidad y de ruidos. En cualquier caso el uso de la mascarilla es obligatorio dentro y fuera del establecimiento y está prohibido fumar a menos de dos metros de otra persona. No se puede consumir en la barra.
Los negocios de esparcimiento y ocio nocturno están clausurados por orden de la Junta de Andalucía. No obstante, el Ayuntamiento de Sevilla ha abierto la opción de tener un uso provisional como cafeterías a través de una declaración responsable que se presenta en la Gerencia de Urbanismo. Del mismo modo, las salas de conciertos están clausuradas salvo aquellas que han solicitado su adecuación al uso de auditorio cumpliendo las medidas acordadas por el Ayuntamiento con todo el público sentado, con distancias de seguridad y espacios separados.
Las tasas de los negocios
Dadas las limitaciones existentes en cuanto a la actividad hostelera, todos los negocios han tenido este año la exención en la tasa por ocupación de la vía pública con veladores durante el segundo trimestre y además se tramita la exención completa durante 2021 para contribuir a su reactivación así como la compensación del último trimestre de 2020. No hay que realizar ningún trámite para acceder a estas ayudas.
En cuanto a la tasa de recogida de residuos, los establecimientos no tuvieron que abonar el periodo correspondiente al primer estado de alarma y no han recibido durante este último trimestre recibo alguno por parte del Ayuntamiento de Sevilla. El cobro se aplaza al primer trimestre de 2021 y se está tramitando una modificación normativa para que llegue con una reducción del 50%. Esta misma bonificación se mantendrá durante todo 2021 sin que sea necesario realizar trámite alguno por parte de los negocios.
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