El Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ha absuelto a un preso que agredió, en julio de 2014, a un funcionario al sufrir un brote psicótico y creerse un vampiro al concurrirle las circunstancias eximentes completas de alteración mental y trastorno mental, si bien el tribunal le ha condenado indemnizar al funcionario agredido con 1.752 euros en virtud de su responsabilidad civil.
En la sentencia, fechada el 13 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal recuerda que, durante la vista oral, la Fiscalía pedía para el reo una pena de un año de prisión por un delito de atentado y un mes de multa con cuota diaria de seis euros por una falta de lesiones, mientras que la acusación particular, ejercida por la letrada de la Asociación Profesional de Funcionarios de Prisiones, pedía una pena de dos años de cárcel por un delito de atentado y una pena de un año de prisión por un delito de lesiones. Por su parte, la defensa del acusado pedía la libre absolución.
La Sala considera probado que el reo, Juan C., se encontraba interno en el Centro Penitenciario de Sevilla, sufría un "trastorno mental" por abuso de opiáceos, cocaína y alcohol, así como esquizofrenia, para la cual tenía prescrito un medicamento "aunque no quería tomarlo" lo que le provocaba "brotes psicóticos que anulaban sus facultades intelectivas y volitivas".
Así, el tribunal señala como hecho probado que en la madrugada del 9 de julio de 2014, Juan se encontraba en el módulo de enfermería y sufrió uno de esos brotes psicóticos, "creyéndose un vampiro y comenzando a atemorizar a los otros internos que allí se encontraban", los cuales avisaron a los funcionarios quienes acordaron trasladarle para su examen por un médico.
Igualmente, apunta que en el momento que los funcionarios abrieron la puerta de enfermería, Juan "salió corriendo por el pasillo, siguiéndole un funcionario que cuando lo alcanzó", el reo "le golpeó la muñeca con una de las puertas, le lanzó un puñetazo e intentó morderle, pudiendo ser posteriormente reducido". Como consecuencia de estos hechos, el funcionario sufrió un esguince de la muñeca derecha, excoraciones cutáneas y dolores en la cadera y muslo derecho.
Por todo ello, la Sala indica que los hechos considerados probados constituyen un delito de atentado y una falta de lesiones si bien señala que en la actuación del acusado concurren la eximente completa de alteración mental y la también eximente completa de trastorno mental por lo que "se encuentra exento de responsabilidad criminal".
"IGUAL RIESGO, IGUAL SALARIO"
Ante esta sentencia, la Asociación Profesional de Funcionarios de Prisiones, que ha celebrado que el reo esté condenado a indemnizar al funcionario por las lesiones ocasionadas, ha solicitado al Ministerio del Interior la equiparación salarial con Cataluña toda vez que ha asegurado que "el riesgo es el mismo con los internos 'vampiros' en Sevilla como en Barcelona" por lo que "a igual riesgo, igual salario".
Además, la asociación ha pedido, en un comunicado, el reconocimiento de los trabajadores penitenciarios como agentes de la autoridad; la adecuación de los medios coercitivos "al siglo XXI" con la aprobación de pistolas 'taser'; y un incremento de las plantillas para ajustarlas "a las necesidades reales" de los centros penitenciarios para reducir las agresiones que padecen los trabajadores penitenciarios.