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Alcalá la Real

El pleno aprueba el II Plan de igualdad entre hombres y mujeres

Marcará la agenda en políticas de igualdad que se implementarán en el período 2019-2022

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  • Pleno celebrado este jueves, 21 de marzo. -

 La sesión del pleno celebrada en la tarde de este jueves, 21 de marzo, ha aprobado el II Plan de igualdad entre hombres y mujeres. Este II Plan Estratégico para Avanzar en la Igualdad de Alcalá la Real 2019-2022, supone, según se recoge en el propio texto del acuerdo, “un paso importante hacia el logro de la igualdad real y efectiva, un hecho que, aunque queda recogido a nivel constitucional y legislativo, anda lejos de haberse materializado, seguimos con unas brechas de desigualdad que permean todos los ámbitos: social, político, económico, cultural.    Las políticas de igualdad, como ejes reguladores y, los planes de igualdad como instrumentos de trabajo, están encaminados a eliminar las barreras y obstáculos que siguen (re)produciendo desigualdad y discriminaciones en base al género. Se trata de actuaciones diseñadas a corto, medio y largo plazo para avanzar en la igualdad entre mujeres y hombres en Alcalá la Real.    Así, este documento marca la agenda de las políticas de igualdad que se implementarán en el municipio alcalaíno en los próximos años, configurándose como hoja de ruta con una clara tendencia a la transversalidad y a la gobernanza en y para la igualdad, dos elementos fundamentales para la trasformación de las políticas públicas, pero que no olvida las políticas específicas referidas a quienes están en una posición de desigualdad, las mujeres en general.”    

La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal que queda recogido en diversos documentos internacionales, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1968, la Conferencia Mundial de los Derechos Humanos, la Declaración sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que entró en vigor en 1981 y que España ratificaba en 1983. En la Asamblea General de Naciones Unidas aprobaba la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en la cual reconoce la responsabilidad de los Estados en cuanto a las violaciones de los derechos de las mujeres, O en la IV Conferencia Internacional de las Mujeres, celebrada en Beijing en 1995 y refrendada en 2015 por la ONU, acordaba en la Plataforma de Beijing, lo que serían las políticas de igualdad hasta nuestros días incorporando la transversalidad o el mainstreaming de género como estrategia prioritaria para los Estados en la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres o el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), que España ratifica en 2014, y que obliga a los distintos estados europeos a trabajar en la prevención y lucha contra la violencia hacia las mujeres. Por último, la firma del I Pacto Europeo por la Igualdad de Género 2011-2020 apunta los principales desafíos a los que hay que enfrentarse, así como la agenda que los Estados deben establecer para hacer frente a los mismos.    

Ya a nivel estatal, La Constitución Española de 1978, ha sido legislativamente un paso decisivo en el establecimiento de las políticas de igualdad y no discriminación. En su artículo 14 establecía: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. o en su artículo 9.2 que recoge: “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.


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