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Sevilla

143 menores de familias conflictivas fueron atendidas por el PEF

El 36% de los expedientes registrados en el Punto de Encuentro Familiar en este primer semestre son derivados por juzgados de Violencia contra las Mujeres

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  • Punto de Encuentro Familiar en Sevilla. -

El Punto de Encuentro Familiar (PEF) de Sevilla atendió du-rante el primer semestre de este año a 143 menores de edad, según el balance de este recurso público que gestiona la Consejería de Justicia e Interior y al que llegan por derivación judicial casos de progenitores en procesos y situaciones de interrupción de la convivencia familiar con una alta conflictividad. 

Durante los seis primeros meses de 2018, el PEF de esta provin-cia tramitó un total de 118 expedientes, 25 de ellos (el 21%¬) deriva-dos por juzgados de violencia de género y en los que había 13 menores afectados por las medidas de protección adoptadas judicialmente.

Todas las capitales de provincia, además de Algeciras, Jerez y Marbella, cuentan con Puntos de Encuentro, constituidos como un es-pacio idóneo y neutral para garantizar el derecho esencial de los menores de edad a relacionarse con sus progenitores y familiares. De esta forma, se hacen posible los regímenes de visitas, comunicación y estancia de estos menores con los progenitores o familiares que no dis-pongan de su custodia, determinados por los órganos judiciales. 


Para estos casos de violencia de género, en los PEF se adoptan medidas que evitan el contacto entre agresor y víctima, además de fi-jar un protocolo horario que garantiza en todo momento el cumpli-miento de las medidas judiciales impuestas a la persona investigada o penada. 

Los PEF cuentan con un equipo técnico multidisciplinar forma-do por psicólogos, pedagogos, trabajadores sociales y educadores, espe-cialmente formados para la atención de casos de conflictividad fami-liar.

La Junta de Andalucía puso en marcha en el año 2009 los Puntos de Encuentro Familiar, donde se facilita un servicio temporal, excepcional y de carácter gratuito, con el objetivo de propiciar la normalización de la convivencia familiar. La duración de la inter-vención está limitada a un período máximo de 18 meses, prorrogable mediante resolución del órgano judicial correspondiente. 

Además, en estos recursos se ofrece orientación psicosocial indi-vidual y familiar para que las personas usuarias puedan mejorar sus relaciones y superen la situación de conflicto familiar que motivó la derivación judicial a los PEF. 

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