El tiempo en: Antequera

Almería

Madre deja de noche a hijo de 3 años en un 6º y con ventanas abiertas

El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha condenado a nueve meses de prisión a la madre del menor

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Juzgado de Almería.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha condenado a nueve meses de prisión a la madre de un menor de tres años de edad al que dejó solo durante más de dos horas de noche, hasta la madrugada, en el domicilio en el que convivían, en un sexto piso, y con las ventanas abiertas, de forma que el menor se llegó a asomar varias veces por alguna de ellas.

La sentencia, consultada por Europa Press y sobre la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, no aprecia circunstancias que pudieran modificar la responsabilidad de la madre, a la que retira la patria potestad sobre el niño durante cuatro años por un delito de abandono de menores a tenor de estos hechos que tuvieron lugar en julio del pasado año.

Según el fallo, fueron los propios vecinos los que alertaron a la Policía Nacional tras advertir que el menor se había asomado varias veces a la ventana desde su casa, ubicada en una sexta planta. Así, tras acceder a la vivienda pasada la medianoche, se apreció que el menor "estaba solo, desnudo y sucio" mientras que el piso se mostraba "en condiciones higiénicas no adecuadas" para él.

El magistrado Luis Columna señala la aportación realizada por los testigos que alertaron a la policía "al buen rato" después de que escucharan llorar por primera vez al niño a las 21,30 horas, de forma que los agentes se personaron en la vivienda sobre las 22,45 horas. No obstante, no fue hasta las 0,15 horas cuando el pequeño volvió a estar en compañía de un adulto.

En esta línea, el juez destaca en sus fundamentos que durante tiempo en el que el menor estuvo solo en la vivienda "en la que las ventanas están abiertas" corrió "cierto peligro, por no decir mucho, de tener un grave accidente, sin una causa que lo justifique", de modo que tal conducta "queda encardinada en el abandono temporal de menores del artículo 230 del Código Penal".

La madre del pequeño, que fue encontrada posteriormente por los agentes en las inmediaciones del domicilio, alegó en sala que "solo estuvo fuera 40 minutos", lo que para el juez es una circunstancia "que no es cierta" a tenor de las declaraciones de testigos y agentes actuantes. Tampoco le admite la tesis de que fuera "a pedir dinero a un amigo", ya que "no se ha practicado testifical en este sentido que le dé una mínima credibilidad".

El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha condenado a nueve meses de prisión a la madre de un menor de tres años de edad al que dejó solo durante más de dos horas de noche, hasta la madrugada, en el domicilio en el que convivían, en un sexto piso, y con las ventanas abiertas, de forma que el menor se llegó a asomar varias veces por alguna de ellas.

La sentencia, consultada por Europa Press y sobre la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, no aprecia circunstancias que pudieran modificar la responsabilidad de la madre, a la que retira la patria potestad sobre el niño durante cuatro años por un delito de abandono de menores a tenor de estos hechos que tuvieron lugar en julio del pasado año.

Según el fallo, fueron los propios vecinos los que alertaron a la Policía Nacional tras advertir que el menor se había asomado varias veces a la ventana desde su casa, ubicada en una sexta planta. Así, tras acceder a la vivienda pasada la medianoche, se apreció que el menor "estaba solo, desnudo y sucio" mientras que el piso se mostraba "en condiciones higiénicas no adecuadas" para él.

El magistrado Luis Columna señala la aportación realizada por los testigos que alertaron a la policía "al buen rato" después de que escucharan llorar por primera vez al niño a las 21,30 horas, de forma que los agentes se personaron en la vivienda sobre las 22,45 horas. No obstante, no fue hasta las 0,15 horas cuando el pequeño volvió a estar en compañía de un adulto.

En esta línea, el juez destaca en sus fundamentos que durante tiempo en el que el menor estuvo solo en la vivienda "en la que las ventanas están abiertas" corrió "cierto peligro, por no decir mucho, de tener un grave accidente, sin una causa que lo justifique", de modo que tal conducta "queda encardinada en el abandono temporal de menores del artículo 230 del Código Penal".

La madre del pequeño, que fue encontrada posteriormente por los agentes en las inmediaciones del domicilio, alegó en sala que "solo estuvo fuera 40 minutos", lo que para el juez es una circunstancia "que no es cierta" a tenor de las declaraciones de testigos y agentes actuantes. Tampoco le admite la tesis de que fuera "a pedir dinero a un amigo", ya que "no se ha practicado testifical en este sentido que le dé una mínima credibilidad".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN