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Sevilla

Los afectados de la madrugá culpan al Ayuntamiento de los incidentes

Sus afectados llamarán al "pleito como responsable civil subsidiario" al Ayuntamiento de Sevilla por no haber tomado las medidas anunciadas ahora

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  • Incidentes en la Madrugá -

Los despachos de abogados sevillanos representados por los letrados Ernesto Sanguino, Ramón Carbajal, Francisco Serrano y Fernando Rodríguez Galisteo, personados en las diligencias 963/2017 que investiga los sucesos de la madrugada del Viernes Santo del pasado año, han anunciado este sábado que, "a la luz de las nuevas medidas de seguridad para la próxima Semana Santa que se están llevando a cabo, y en base a las mismas, se va a llamar al pleito como responsable civil subsidiario al Ayuntamiento de Sevilla, por no haber tomado el pasado año las medidas que en la actualidad se han anunciado".

Así lo han indican los citados despachos de abogados en un comunicado remitido a Europa Press en el que subrayan que "los hechos que se investigan se han venido repitiendo en la madrugada del Viernes Santo durante los años 2000, 2005, 2009, 2015 y, por último, en el pasado año 2017, por lo que entendemos que se debieran haber tomado medidas anteriores para impedir que estos hechos sucedieran".

Además, los letrados anuncian que van a "requerir la aplicación de los artículos 522 y 523 del Código Penal" --referidos a delitos que sancionan conductas contra los sentimientos religiosos y la libertad de culto--, "no sólo para los más de 60 defendidos por lesiones, sino para todas aquellas personas que no completaron su estación de penitencia en la madrugada del Viernes Santo".

Según explican, se entiende que, en virtud de los mencionados artículos, el hecho de no haber podido completar la estación de penitencia responde a "actos de violencia, intimidación y amenazas dirigidos, tanto a impedir practicar los actos propios de las creencias que se profesen" --artículo 522--, así como "se sanciona al que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho (modo comisivo violento, abierto), impidiere, interrumpiere o perturbare tales actos (hecho objetivo)" (artículo 523).

De igual modo, han anunciado que, después de haber presentado mediante procurador la solicitud de "la práctica de una serie de diligencias que abrirán el camino a la práctica de otras tantas, para llegar a la verdad de lo sucedido en la Madrugada", han sido "admitida a trámite la solicitud de nuevos testimonios".

Además, "se ha admitido la solicitud al Ayuntamiento de Sevilla para que aporte la planimetría completa de la carrera oficial, desde el inicio de la misma en la Plaza de la Campana hasta la Plaza de la Virgen de los Reyes, debiendo comprender la medida de la anchura por donde transitan los cortejos de las cofradías, las medidas de los diferentes tramos de la misma donde se sitúan las sillas, y la de la distancia de pasillos traseros que pueden ser vías de evacuación".

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