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Sevilla

Condenan a la Junta y Ayuntamiento de Écija por inundaciones de 2010

La Audiencia obliga les obliga a pagar 12.281 euros a tres ciudadanos que presentaron una demanda por las inundaciones de diciembre de 2010 y enero de 2011

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La Audiencia Nacional ha condenado a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento de Écija (Sevilla) a pagar 12.281 euros de indemnización a tres ciudadanos que presentaron una demanda por las inundaciones de diciembre de 2010 y enero de 2011 registradas en la localidad.

En el fallo judicial, el tribunal censura que el arroyo Argamasilla, que fue el que se desbordó y provocó los daños, no estaba limpio, según ha informado a Efe el abogado que ha llevado el caso, Fernando Osuna.

La demanda la presentaron cuatro ciudadanos, que reclamaron entre 11.753 y 45.680 euros, pero las indemnizaciones se fijan para tres de ellos.

La Junta de Andalucía también es responsable dado que tenía que haber contribuido a que el arroyo Argamasilla estuviera en condiciones normales y no obstaculizado con ramas, árboles, enseres y otros objetos impeditivos, ha destacado el abogado.

La Junta de Andalucía defendía que la competencia para resolver el procedimiento de responsabilidad patrimonial correspondía a la Administración del Estado, y que era el Ayuntamiento de Écija el competente para el mantenimiento y limpieza del arroyo al discurrir por el casco urbano.

Además, la Junta sostenía que existía fuerza mayor porque las lluvias de diciembre de 2010 fueron excepcionales, subraya el representante legal de los demandantes.

El Ayuntamiento de Écija, por su parte, alegaba que la competencia para el mantenimiento de cauces de ríos y arroyos era de la Junta de Andalucía.

Los vecinos insistieron en que las aguas de las lluvias caídas en Écija en diciembre de 2010 y enero de 2011 no colmaron la capacidad de encauzamiento del arroyo Argamasilla, cuyo cauce se redujo considerablemente por no estar adecuado a su fin y cuya obstrucción provocó las inundaciones.

Uno de los informes periciales, por su parte, concluyó que el cauce estaba al 60 o 70 por ciento de su capacidad por la acumulación de depósitos y sedimentos y que no funcionaba la estación de bombeo que había en la zona para evacuar un posible exceso de agua.

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