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Sevilla

Un jurado declara culpable de asesinato al acusado de matar a su hermano en La Rinconada

En un veredicto hecho público en la tarde de este martes en la Audiencia Provincial, los nueve miembros del jurado han declarado culpable de los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas al acusado, para quien la Fiscalía solicita 22 años de cárcel

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Un jurado popular ha declarado este martes culpable por unanimidad a Francisco G.C. de matar "intencionadamente" a su hermano el 16 de junio de 2013 de tres disparos efectuados con una pistola para la que no tenía licencia en una nave de la agrupación agrícola ganadera 'La Jarilla' de la localidad de La Rinconada (Sevilla).

   En un veredicto hecho público en la tarde de este martes en la Audiencia Provincial de Sevilla, los nueve miembros del jurado han declarado culpable de los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas al acusado, quien en el juicio aseguró que "no mató" a la víctima porque es algo que "nunca ha pensado" y que "nunca" ha tenido un arma" porque es un tema que "no le ha interesado", añadiendo que "los únicos tiros que ha pegado fue en 1985 en la mili", aunque tres testigos aseguraron que sí poseía una pistola.

   Una vez hecho público el veredicto, la Fiscalía ha pedido para el acusado 22 años de cárcel y ha solicitado también que, atendiendo a la "gravedad" de los hechos y a la "peligrosidad" del acusado, se le prohíba acercarse o residir en La Rinconada durante diez años.


   De su lado, la abogada que ejerce la acusación particular en nombre de la viuda y de los tres hijos del fallecido, María José González, ha solicitado 23 años de prisión para el acusado, mientras que el abogado del imputado, Nicomedes Rodríguez, se ha reservado su derecho a recurrir la sentencia y ha pedido para su cliente la imposición de la pena mínima.

EL JURADO, CONTRARIO AL INDULTO

   Los miembros del jurado se han mostrado contrarios a que se pueda suspender la pena y también a que se pueda proponer en la sentencia el indulto total o parcial para el acusado.

   El jurado ha declarado probado que acusado y víctima "mantenían casi nulas relaciones desde hacía años, a raíz de graves problemas de índole económica", así como que Francisco "poseía una pistola detonadora del calibre 8 milímetros Knoll transformada para disparar proyectiles del calibre 6,35 Browning, careciendo del oportuno permiso de armas reglamentario y que se encontraba en perfecto estado de funcionamiento".

   El jurado, asimismo, ha declarado probado que, a las 10,00 horas del domingo 16 de junio de 2013, el acusado se dirigió desde su domicilio hasta la nave a bordo de un Nissan Patrol, "llevando puestos un sombrero de paja y unas gafas de sol", dejando en la nave este vehículo y cogiendo un Kia Shuma con el que abandonó la nave para ir a repostar.

"A CAÑÓN TOCANTE"

   En este sentido, el jurado ha dado por probado que, una vez repostó gasolina, el acusado se dirigió de nuevo a la nave y, "una vez cerciorado" de que la víctima "se encontraba en el interior de la nave, y mientras se encontraba en el arreglo de una pieza agrícola, entró en torno a las 13,30 horas y efectuó dos disparos" contra el fallecido.

   El jurado también ha considerado probado que, tras estos dos disparos, la víctima "cayó hacia atrás, golpeándose con un mueble metálico que se situaba a la derecha de su cabeza, y cayó al suelo, donde el acusado, apoyando el cañón sobre la región frontal izquierda, o sea a cañón tocante, efectuó un tercer disparo".

   Según el jurado, los disparos "se efectuaron por el acusado con la intención de provocar la muerte" de la víctima, "que se produjo de inmediato al afectar a centros nerviosos vitales", a lo que se suma que el imputado "se aproximó de forma inesperada" al fallecido, "efectuando tres disparos sin que pudiera defenderse ni reaccionar".

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