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España

La Audiencia Nacional absuelve de atentar contra las instituciones a los acusados de asediar el Parlamento catalán

La resolución especifica que todos los acusados \"ejercieron el derecho fundamental de manifestación, sin que pueda imputárseles acto alguno que pudiera significar un exceso o abuso\"

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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto de la comisión de delitos contra las altas instituciones del Estado, atentado y asociación ilícita a los 19 acusados de asediar el Parlamento catalán el 15 de junio de 2011 durante una protesta convocada bajo el lema 'Paremos el Parlamento. No dejaremos que aprueben recortes'.

Los magistrados Fernando Grande Marlaska, Manuela Fernández de Prado y Ramón Sáez Valcárcel han condenado a uno de ellos, José María Vázquez Moreno, como autor de una falta de daños a la pena de cuatro días de localización permanente. Este acusado realizó una pintada en la espalda de la chaqueta de la diputada del Parlament Montserrat Tura con unos trazos.

La Fiscalía solicitaba para ellos cinco años y medio de cárcel, así como una multa de 7.500 euros. Los hechos se remontan al 15 de junio de 2011, cuando una concentración convocada por el 15M ante el Parlament derivó en situaciones de asedio a más de una decena de parlamentarios, entre ellos el presidente catalán Artur Mas, al que se le impidió el paso cuando viajaba en su vehículo oficial, que fue golpeado y zarandeado. Al final tuvo que acceder a la cámara en helicóptero junto con otros diputados.

La resolución especifica que todos los acusados "ejercieron el derecho fundamental de manifestación, sin que pueda imputárseles acto alguno que pudiera significar un exceso o abuso".

Indican, además, que no existen pruebas que apunten a la comisión de los delitos imputados y agregan que las conductas que se atribuyen a la mayoría de ellos --dicen los jueces-- consistieron en participar en la manifestación convocada en protesta por los recortes, permaneciendo en el lugar que las fuerzas de seguridad habían clausurado mediante el cierre de las puertas de acceso al parque que rodea la sede del Parlament y encontrándose por ello con alguno de los parlamentarios.

La sentencia especifica que la libertad de expresión y el derecho de manifestación y de reunión "gozan de una posición preferente en el orden constitucional" y por ello, debe ser objeto de una especial protección".

DIFICULTAD PARA HACERSE OÍR

El tribunal considera que existen pocos cauces de expresión de acceso al espacio público y que por ello amplíos sectores de la sociedad tienen "una gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social".

"Resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación si se quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta y a la crítica, como mecanismos de imprescindible contrapeso en una democracia que se sustenta sobre el pluralismo", dice la sentencia.

La resolución agrega que la convocatoria estaba destinada "a hacer coincidir voluntades individuales para expresar una subjetividad colectiva" coincidiendo con la sesión del Parlamento catalán en la que debía decidirse el destino de las cuentas públicas. "Por su elementos y contenidos, la acción colectiva de protesta se hallaba dentro del ámbito constitucionalmente protegido del derecho de reunión y manifestación ", agrega.

La decisión cuenta con el voto particular del presidente de la Sala de lo Penal Fernando Grande-Marlaska que defiende que 10 de los acusados deberían haber sido condenados ya que "alteraron el funcionamiento y dignidad del Parlament, a través del acometimiento físico y verbal a sus diputados".

La acusación se formuló en un inicio contra 20 acusados pero uno de ellos, Cristóbal Nicolás Araya Bruna, no compareció en la vista oral. El resto son Javier Tadeo Orellana de Villalonga, Daniele Vinci, Rubén Molina Marín, Marta Pi Morera, Alejandra Calderón Becerra, Francisco José Cobos García, Alessia Borge, Antoni Dolz García, Jordi Raymond Parra, Javier Villanueva Mena, María Durán Gurnsey, Ignacio Antolino Ibáñez, Joan Peiró Tura, Ángela Bergillos Alguacil, Ciro Morales Rodríguez, Álvaro Cano Santana, Olga Álvarez Juan, Carlos Munter Domec y José María Vázquez Moreno.

Además de los ataques contra el vehículo de Mas, el Ministerio Público acusaba a los manifestantes de increpar y acorralar mediante amenazas e insultos al diputado invidente de CiU Josep María Llop, y golpear "repetidas veces con los brazos en alto" al independentista Alfons López Tena. También sufrieron el acoso los diputados Joan Boada, Gerard María Figueras, Ernest Maragall, Ana Isabel Marcos, Salvador Milà y Santi Vila.

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