El concejal de Consumo, José Manuel Carrasco, ha alertado esta mañana de un presunto fraude en la revisión del gas, “en los últimos días hemos recibido varias reclamaciones de vecinos de Los Barrios contra una empresa instaladora de gas por motivo de la revisión periódica obligatoria”, apunta el edil.
Según Carrasco, los operarios acceden al domicilio del vecino comunicándole la obligatoriedad de revisar su instalación de gas. En el mismo acto le realizan el presupuesto y la factura de los trabajos realizados (cambio de tubos, reguladores, verificaciones de fugas, limpiezas de inyectores, etc), sin dar opción al consumidor de rechazar el presupuesto”.
“Posteriormente le hacen firmar un contrato de mantenimiento que no se debe confundir con el certificado acreditativo de la revisión. Para obtener el citado certificado el contrato firmado les indican que requieren una segunda visita del técnico correspondiente durante el año de vigencia del mismo. Si en esta segunda visita se detectarán “defectos”, se volverá a presupuestar y reparar la instalación”. Añade Carrasco.
El concejal ha anunciado que estos hechos se han puesto en conocimiento de la Delegación Provincial de Consumo y de la Policía Local “para que se adopten las medidas que correspondan”.
Carrasco ha señalado que la delegación de consumo de Los Barrios, informa que si bien son obligatorias las revisiones periódicas de las instalaciones domiciliarias de gas “nadie esta obligado a dejar entrar en su domicilio a cualquier empresa que se presente a revisar su instalación salvo en el caso que se desee voluntariamente contratar sus servicios y se asegure que se trata de una empresa legalmente autorizada”.
El consumidor debe dar su autorización firmando el presupuesto que la empresa debe presentarles antes de realizar el servicio. Una vez aceptado y firmado, la empresa procederá a revisar la instalación y si cumple con lo exigido en la normativa, entregará un certificado de la revisión efectuada.
En caso contrario, procederá a presupuestar el coste de la reparación de los desperfectos o incumplimientos que presente dicha instalación de gas. Una vez aceptado y realizada la reparación, se emitirá la correspondiente factura.
En Marzo del 2007 entro en R.D. 919/2006, por el que se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, en dicho reglamento, se establece: Art. 4.1 “Inspección periódicas de las instalaciones receptoras alimentadas desde redes de distribución” (es decir, de gas natural canalizado). -cada cinco años y dentro del año natural de vencimiento de este periodo los distribuidores de gas combustibles por canalización deberán efectuar una inspección de las instalaciones receptoras de sus respectivos usuarios, repercutiéndoles el coste derivado de aquella según se establezca reglamentariamente.
En su articulo 4.2 se refleja que: “Revisión periódicas de las instalaciones no alimentadas desde redes de distribución, (es decir instalaciones que usen bombona de butano) – los titulares o en su defecto los usuarios de las instalaciones son responsables de encargar una revisión periódica de su instalación utilizando para dicho fin los servicios de una empresa instaladora de gas dicha revisión se realizara cada cinco años.