Con motivo del inicio de la Ruta del Mosto, que se celebra por sexto año consecutivo, el alcalde, Víctor Mora, ha dictado un bando en el que se recuerdan las normas que deben respetarse para garantizar la normal convivencia ciudadana y evitar las molestias vecinales que se producen como consecuencia de la aglomeración de personas debido al auge que esta ruta ha adquirido en estos años.
En el bando, con que el que se pretende contribuir a corregir actuaciones incívicas incompatibles con la normal utilización de los espacios abiertos, se recuerda que conforme a lo establecido en el artículo 3. a) de la Ley 7/2006, queda totalmente prohibido en las zonas no establecidas al efecto la concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana, la venta o dispensación de bebidas alcohólicas por parte de establecimientos de hostelería para su consumo fuera del local o zonas anexas al mismo, abandonar o arrojar fuera de los depósitos establecidos, los envases y restos de bebidas o recipientes utilizados, la realización de las necesidades fisiológicas en los espacios abiertos o fuera de los servicios establecidos al efecto, la ocupación de la vía pública con barras, mesas, sillas y demás elementos que puedan suponer un obstáculo en la vía pública, salvo los autorizados previamente, y el consumo de bebidas alcohólicas por menores de 18 años.
SANCIONES
Las infracciones cometidas en relación a las normas anteriores mencionadas podrán ser sancionadas con multas cuyas cuantías oscilan entre 24.000 y 60.000 euros las muy graves, desde 300 hasta 24.000 euros las graves y desde apercibimiento hasta 300 euros, las leves.
Los agentes de la autoridad, en el momento de levantar acta de denuncia, podrán adoptar medidas provisionales de precintado y comiso de los elementos materiales utilizados para la comisión de la presunta infracción. En los supuestos en los que la bebida incautada se encontrara abierta, por razones higiénico-sanitarias y en beneficio de la salud de los consumidores, se procederá a la destrucción de la misma.
Por otro lado, el bando se recuerda el horario máximo de cierre de los establecimientos públicos en Andalucía, que son a las 2 de la madrugada para establecimientos de hostelería y restauración, excepto pubs y bares con música; a las 3, para aquellos establecimientos de hostelería y restauración con licencia municipal de apertura de pubs y bares con música y una hora más viernes, sábados y festivos.