La Agencia Tributaria (AEAT), en un informe de 402 páginas que ha entregado al juez instructor del caso Nóos, José Castro, tiene "sólidos indicios" que apuntan "cabalmente" a que desde el Instituto Nóos se falsificaron facturas, se manipuló su importe o concepto y, directamente, se simularon operaciones con el objetivo de justificar el empleo que hizo de los fondos que percibió para la organización de los Illes Balears Forum y del Valencia Summit.
En su dictamen, al que ha tenido acceso Europa Press, Hacienda destaca cómo para el análisis de las actuaciones presuntamente irregulares llevadas a cabo por la entidad no han podido analizarse las cuentas anuales de la misma depositadas en el Registro Mercantil, puesto que por su forma jurídica Nóos no estaba obligada a depositar anualmente sus cuentas.
Es más, asevera que el sumario del caso Nóos no contiene más que "un número limitado" de facturas recibidas por el Instituto en los ejercicios 2004 a 2006, lo que "impone un obvio condicionante para el análisis" desarrollado en su informe.
Cabe recordar que a raíz de estas contrataciones el juez decretó una fianza de 8,1 millones de euros para Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres -posteriormente rebajada tras eliminar el IVA- mediante un auto en que sostenía tajante que los convenios "no fueron otra cosa que la forma arbitraria de vestir el santo", cuya "única" finalidad era, con un "total abuso de poder" de las autoridades de Baleares y la Comunidad Valenciana, beneficiar a la entidad y en este caso "al más ilustre de sus miembros: el señor Urdangarin".
En su recurso contra la caución, la defensa del Duque de Palma consideraba que, con la imposición de la fianza, su patrocinado se vería abocado a un "injusto empobrecimiento" e insistía "en la convicción y postura procesal de que a mi mandante no se le debe aplicar fianza alguna de responsabilidad civil provisional derivada de la imputación de determinados delitos".
Por su parte, el abogado de Torres aseveraba que su cliente "ni por asomo podía siquiera imaginar que algo irregular pudiera existir". Según el recurso, "es cierto que el Instituto Nóos era un ente sin ánimo de lucro, otra cosa es que los profesionales que prestaron servicios para el mismo, bien de forma directa, bien de forma subcontratada a través de otras sociedades (...) no percibieran por su trabajo las contraprestaciones económicas correspondientes".