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La ley del "solo sí es sí" rebaja la condena dos años a un violador de Algeciras

El detenido violó a su sobrina de 7 años en el año 2015

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  • Audiencia Provincial de Algeciras -

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, ha rebajado en dos años la pena de prisión para un hombre condenado por un delito de agresión sexual por violar a una menor de siete años. Así, tras recurrir en base a la ley del 'solo sí es sí', la condena de 12 años y un mes de prisión se ha rebajado a diez años y un mes, según han confirmado a Europa Press fuentes judiciales.

Los hechos ocurrieron en el año 2015, según ha recordado Europa Sur, que ha señalado que el auto por el que se rebaja la pena recoge que "procede acordar la revisión de la condena del penado, pues conforme al Código Penal vigente, y teniendo en cuenta que expresamente el fundamento de derecho décimo tercero de la sentencia establecía que procedía imponer la pena mínima dentro del marco punitivo aplicable, aumentada solo en un mes, correspondería fijar como duración de la pena de prisión la de diez años y un mes y no la de 12 años y un mes, como establecía la normativa ya derogada".

El hombre fue acusado de un delito de agresión sexual a la sobrina de la que entonces era su pareja. Los hechos se produjeron en Algeciras, cuando el hombre llamó a la niña, que se encontraba jugando frente al domicilio del condenado, y la introdujo en la casa, donde le tapó la boca para que no gritara y cometió la agresión, según los hechos probados.

Por ello, la Sección Séptima de la Audiencia condenó en 2018 al acusado a 12 años y un mes de prisión, que cumple en una de las prisiones de la provincia de Cádiz.

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